miércoles, 4 de agosto de 2010

dignidad

La ley Nº 26.485 de “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” define como violencia toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.

Establece cinco tipos de violencia, uno de los cuales es la simbólica, definida como la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita o reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. (...)

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